viernes, 16 de marzo de 2012

Derecho a la Huelga


SABÍAS QUÉ tu derecho a la huelga es  
constitucional y no pueden despedirte
si lo ejerces?

Cuando se secunda una huelga legítimamente  
convocada, como la del próximo 29 de marzo, la ausencia
al trabajo está justificada, ya que el contrato de trabajo
está suspendido al ser la huelga un
derecho constitucional. 
El único efecto de hacer la huelga es que al  
estar suspendido el contrato de trabajo, no se
perciben las retribuciones  
correspondientes a esa jornada y no se cotiza a la
Seguridad Social ese día,
pero no existe ninguna otra consecuencia
jurídica perjudicial para  
el trabajador o trabajadora, amparado
legalmente a todos los efectos.
 
Es más, el ejercicio del derecho constitucional a la
huelga implica para el trabajador la llamada  
"garantía de indemnidad", recogida en el
Estatuto de los Trabajadores y reconocida por la
Organización Internacional del Trabajo (OIT), y que
supone una protección especial contra cualquier
represalia que la empresa pudiera tomar contra el trabajador
o trabajadora por haber hecho la huelga.
De ese modo, si por haber seguido la huelga
el trabajador es discriminado respecto de sus compañeros
o compañeras, si la empresa le impone un cambio de
condiciones de trabajo sin justificación (por ejemplo un
cambio de turno o de vacaciones, la  
denegación de un permiso, un cambio de puesto
de trabajo, o cualquier otra  
medida que sólo afecte a los huelguistas),
le sanciona o incluso le despide  
injustificadamente, podrá interponerse una demanda
por tutela del derecho  fundamental a la huelga y la decisión
empresarial habrá de ser considerada  
una represalia contraria a la ley y a la Constitución
y declarada radicalmente nula, quedando por tanto
sin efecto alguno.
 
En definitiva, la huelga es un derecho reconocido
como fundamental -con la máxima protección jurídica-
en la Constitución, y por tanto secundar
la huelga supone ejercitar un derecho constitucional, estando protegido
jurídicamente el trabajador o trabajadora que la lleve a cabo.




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